El territorio ocupado por la Comunidad Colla Pai Ote en actividades económicas y productivas, en el asentamiento permanente y temporal, comprende la zona de las Quebradas y serranías de la precordillera de los Andes o Cordillera de Domeyko e incluye la cuenca del Salar de Maricunga y Laguna del Negro Francisco, en la cordillera de los Andes.

Los deslindes generales de la comunidad Pai Ote de la nación Colla, en virtud de las ocupaciones ganaderas, se extienden en sentido Norte a Sur, desde la Quebrada Mostazal (Chañaral Alto), hasta la divisoria de Aguas entre la Quebrada del Romero y San Miguel con la Quebrada de Carrizalillo, e incluye además las tierras altas en la Quebrada de Carrizalillo, desde la vega Junta de Placetones hasta el Cordón del Gato. En sentido Este a Oeste, los territorios de la comunidad abarcan desde La Junta de la Quebrada de Paipote con la Quebrada de Los Cóndores hasta la cuenca del Salar de Maricunga y Laguna del Negro Francisco en el altiplano de Copiapó, llegando su deslinde, en algunos tramos, cerca de la línea divisoria internacional con la República Argentina.

Estos territorios además de las serranías y cordilleras, incluyen los fondos de quebradas, valles, llanos o altiplanos que se encuentran a diferentes alturas, que se inician a los 500 m.s.n.m, en la zona baja de la Quebrada de Paipote, donde tributa con la Quebrada de Los Cóndores, y asciende hasta los 4.300 metros de altura, en los sectores de Ciénaga Redonda y Vegas del río Astaburruaga en la puna de Copiapó.

En esta variación altitudinal del territorio, los miembros de la comunidad colla de Pai Ote, reconocen dos pisos ecológicos que denominan invernadas y veranadas, los que son ocupados en diversas estaciones del año. Aquellos terrenos que se encuentran bajo los 2.800 m.s.n.m. se le consideran invernadas y por sobre dicha altura, veranadas. El uso de uno y otro espacio durante el año, depende de la presencia de vegetación estacional y permanente, disponible para el pastoreo o ramoneo del ganado, así como del comportamiento de las temperaturas y del tiempo. Son estos recursos vegetaciones, los que, junto con las aguas constituyen la base del pastoreo, de la economía y del asentamiento de las familias collas.

Salar de Maricunga y Laguna Verde

Se trata de un territorio especial, cuyo interés de la Comunidad Colla de Pai Ote, es preservarlo producto de su alto valor religioso, cultural y económico, se ejerce vigilancia sobre las disposiciones administrativas y técnicas, y sobre los planes, proyectos o programas que se pretendan implementar o se estén implementando por organismo del Estado o empresas privadas, sean estas mineras, de prospección o de otra índole. El interés expreso de la Comunidad Colla Pai Ote, es preservar el recurso hídrico superficial y subterráneo y vigilar la conservación de la biodiversidad, ya que es en esta cuenca donde se realizan las ceremonias de mayor valor cultura y religioso de la comunidad en especial y de la nación colla en su conjunto.

El interés en la ocupación, protección, la vigilancia y el control del manejo y extracción de los recursos hídricos se sustenta en que la Comunidad Colla de Pai Ote, plantea que la alimentación y abastecimiento de la cuenca alta de la Quebrada de Paipote y de la cuenca oriental del Río Patón y sus quebradas de más al sur del Llano del Leoncito se encuentra asociadas a abastecimientos de aguas subterráneas que provienen de la zona altiplánica del Salar de Maricunga y Laguna Verde, donde en la actualidad se están extrayendo importantes caudales de aguas y realizando prospecciones con el fin de aflorar nuevas aguas e inscribirlas por empresas mineras o particulares.

Estas cuencas hasta hace pocos años intocadas, están siendo sobreexplotadas y pueden afectar en el corto plazo el abastecimiento de las vegas y ríos de veranadas de la comunidad. Esta hipótesis es muy factible de ser verdadera, pues las vegas del Llano de Ciénaga Redonda, están siendo alteradas y disecadas por las numerosas extracciones de aguas subterráneas de las empresas mineras e incluso se percibe que estaría descendido el nivel de la Laguna del Negro Francisco. Frente a esta situación y hechos señalados, no existen argumentos científicos para sostener lo contrario y menos señalar que la extracción de aguas desde el altiplano de Copiapó no afectara el normal abastecimiento y disposición de aguas de la cuenca de la Quebrada de Paipote y Llano del Leoncito, si se mantiene el interés y la extracción de las aguas subterráneas desde el área de Salar de Maricunga a Laguna Verde.

Derechos para el reconocimiento del territorio ocupado por la Comunidad Colla Pai Ote

El territorio demarcado por la Comunidad Colla de Pai Ote, está articulado por el patrón de asentamiento ganadero – transhumante, que implica el establecimiento de numerosos puestos, posturas o majadas que forman las evidencias de la ocupación temporal de los lugares y permanente del territorio. Estos asentamientos se distribuyen entre los inicios de la Quebrada de Paipote por el Oeste y hasta cerca del limite internacional en la zona puneña de Copiapó, por el Este. Desde la quebrada Mocobi, en Chañaral Alto, por el Norte, hasta los términos del quebrada de El Romero y de Placetones y el Cordón del Gato, por el Sur. Todo este espacio se encuentra ordenado en dos grandes sectores, las invernadas y las veranadas. Las primeras son ocupadas desde mayo a octubre y las segundas desde noviembre hasta abril. El territorio, igualmente se encuentra recorrido por numerosas redes de caminos de transhumancia que dan acceso a los pastos (vegas y campos de pastoreo) y a las aguas distribuidas en el territorio. Estas localizaciones de recursos permiten el desarrollo de la economía ganadera, el poblamiento y la reivindicación de estas tierras por la Comunidad Colla de Pai Ote.

La ocupación, uso y manejo ancestral del territorio por parte de la comunidad colla de Pai Ote, se encuentra reconocida en el artículo 62 al 65 de la Ley Indígena Nº 19.253, que establece que el reconocimiento de tierras, en esta caso a la comunidad colla de Pai Ote, debe incluir la ocupación y el asentamiento, es decir, la casa habitación de invernadas y veranadas, los terrenos de cultivos, los terrenos de pastoreo de uso permanente y eventual, tanto en laderas de cerros como en altiplanicies y fondo de quebradas u hondonadas, lo que significa que se asegura el reconocimiento del territorio a las comunidades collas.

El Convenio 169 de la OIT reafirma que la ocupación territorial y su demarcación constituyen el territorio de una comunidad indígena, como en el caso de la Comunidad Colla de Pai Ote. En su Artículo 13, parte 2, el Convenio 169, señala que: “La utilización del término tierras en los artículos 15 y 16 deberá incluir el concepto de territorios, lo que cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera”, es decir, el territorio demarcado por la comunidad y expresado en este trabajo.

En el Articulo 14, parte 1, el Convenio 169, señala que; “Deberá reconocerse (por parte del Estado) a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia (Caso de Hacienda La Puerta y zona altiplánica). A este respecto, deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes (El caso de la Comunidad Colla de Pai Ote)”.

Lo dispuesto en la ley indígena y en el Convenio 169 de la OIT, referido a las tierras y el territorio indígena, avala plenamente la ocupación y uso ancestral de las tierras demarcadas por la Comunidad Colla de Pai Ote.

Para solicitud de mapa territorial formal de Comunidad Indígena Colla Pai Ote, vía correo electrónico a:

paiote@colla.cl

archivo@colla.cl